Áreas naturales protegidas de México: AYER Y HOY DE LOS PARQUES NACIONALES Andrés Ortiz Garay[*] ![]() Aunque en la entrega anterior de esta serie, al abordar la recategorización del área natural protegida del Nevado de Toluca, se apuntaron ya algunas características definitorias de lo que se entiende como parque nacional, es necesario abundar un poco más en la construcción histórica de esta figura emblemática para la preservación del medioambiente natural, su biodiversidad y sus recursos.
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c Áreas naturales protegidas de México: Ayer y hoy de los parques nacionales
De los modelos de áreas naturales protegidas (ANP) mediante los cuales las sociedades modernas han buscado preservar la biodiversidad y gozar de un disfrute inagotable de recursos y paisajes naturales, el de parque nacional (PN) es probablemente el de vigencia más antigua. La declaración, en 1872, de la región de Yellowstone como parque nacional de los Estados Unidos es comúnmente considerada como acto inaugural de los sistemas de reservas dedicadas a excluir, o al menos restringir, de un territorio determinado las alteraciones de la vida y el entorno naturales que causan las actividades antropogénicas para conservar su biodiversidad (en cierta forma lo que hoy entendemos como ANP). Pero esa fecha se puede retrotraer a ocho años antes, porque en 1864 (cuando los Estados Unidos estaban inmersos en su guerra civil), el valle de Yosemite y el Mariposa Grove, en California –que era uno de los estados alineados en el bando unionista–, fueron declarados parques nacionales. Así es que, desde hace un poco más de siglo y medio, esta figura proteccionista se ha establecido sobre territorios de jurisdicción nacional que se consideraban no alterados por la acción humana, pues se les entendía como espacios prácticamente deshabitados. Desde luego, hoy damos otro valor al hecho de que antes de que las naciones modernas extendieran su jurisdicción sobre esos territorios y otros similares, éstos ya habían sido habitados durante cientos o miles de años por otras civilizaciones que desenvolvían allí sus propias lógicas de relación entre cultura y naturaleza. Por ejemplo, en Yellowstone (que ocupa parte de los actuales estados de Wyoming y Montana) vivían los pies-negros o siksiká (de la familia lingüística algonquina), los cuervos o absároka y los vientres-gruesos o hidatsa (de la familia lingüística macro-siouan), y también los shoshones (de la familia lingüística yuto-azteca); y en Yosemite vivían los integrantes de la tribu miwok (hablantes de una lengua sin clasificación probada). Muy diezmadas por las epidemias de origen europeo que se diseminaban aun antes del contacto directo con los blancos, estas sociedades fueron obligados a ceder sus tierras para que se crearan oficialmente los primeros parques nacionales del mundo y aceptar ser recluidas en otro tipo de reservaciones, donde los recursos naturales eran más bien escasos, y la pobreza, el hacinamiento, las enfermedades y la desesperanza –más los vicios asociados a estos problemas– eran la norma. Se logró así, mediante el despojo, que los indios u otros nativos no estorbaran el goce estético de los turistas que, por ejemplo, eran ya una presencia constante en el parque de Yosemite unos diez años después de haber sido decretado. ![]() ![]() Pies-negros o siksiká Hacia finales del siglo XIX, el modelo de parque nacional a la manera del Yellowstone estadounidense se fue replicando en algunos estados afiliados a la Mancomunidad de Naciones (Commonwealth of Nations) del Reino Unido y en unos pocos países, como Argentina.[1] Aunque la conservación del medio natural era el objetivo manifiesto de esos primeros parques, se realizaron acciones que hoy se desaprobarían de inmediato: no sólo la reubicación de los pobladores originales –que sigue siendo un tema polémico aunque ya no implique desplazamientos forzados–, sino además la cacería indiscriminada de fauna mayor y la introducción de especies exóticas (por ejemplo, de peces que incentivaran la pesca recreativa); o para mencionar un caso posiblemente más extremo, que en Yosemite se arrojara carbón encendido a una caída de agua para que el público disfrutara el inusitado espectáculo d e una “cascada de fuego”. Pero si dejamos de lado la trivialidad anecdótica de este subterfugio, la importancia de los parques nacionales en el país vecino queda de manifiesto al saber que un treinta por ciento del territorio de los Estados Unidos es hoy propiedad pública bajo el control de entidades gubernamentales como el Servicio de Parques Nacionales (National Park Service) o la Oficina de Asuntos Indígenas (Bureau of Indian Affairs).[2]
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c El ayer de los parques nacionales
En México, el ideario sobre los bienes nacionales surgido tras la Revolución de 1910-1920 y plasmado concisamente en la Constitución de 1917 (que es la que todavía nos rige con todo y sus reformas) condujo al establecimiento de reservas forestales y parques nacionales en el papel de primeras figuras jurídicas y administrativas de nuestra modernidad que buscaron la protección y el uso regulado de los recursos naturales. El acto precursor fue la conversión del Desierto de los Leones en el primer parque nacional mexicano a través del decreto expedido en 1917 por el gobierno federal encabezado por Venustiano Carranza.[3] Sin embargo, fue hasta el sexenio presidido por el general Lázaro Cárdenas cuando, entre 1935-1940, se realizó un esfuerzo verdaderamente decidido para salvaguardar la riqueza natural del país. En ese periodo se expidieron decretos con la declaratoria de 36 parques nacionales, en su mayoría compuestos por grandes bosques de pino y encino; el Distrito Federal y 17 estados (ubicados casi todos en la parte central del país y que en ese tiempo eran de los más densamente poblados) cedieron tierras para el establecimiento de esos sitios. Según algunas fuentes, la superficie total de las zonas protegidas creadas durante el sexenio cardenista alcanzó 650 000 hectáreas, aunque es probable que en esa cifra se sumen también reservas forestales y cinegéticas además de los terrenos formalmente decretados como parques nacionales.[4] ![]() ![]() Desierto de los Leones, primer parque nacional mexicano Durante el mandato del general Cárdenas, se avanzó en el cumplimiento de varias reivindicaciones del movimiento revolucionario, entre otras, la reforma agraria, que repartió dotaciones ejidales a muchos núcleos de campesinos sin tierra; la nacionalización de la industria petrolera y el sistema ferrocarrilero; y la creación de zonas donde se intentaría regular la explotación de recursos naturales, en especial los hídricos y forestales. Esta última fue expresada por la fundación del mayor número de parques nacionales que en nuestro país ha ocurrido durante un mismo sexenio presidencial, pero su formato (en un tiempo en el que la dimensión ecológica del conocimiento humano no había adquirido aún las formas que hoy la singularizan) terminó creando una situación un tanto paradójica. Antonio Azuela, titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente entre 1994 y 2000, lo expresa de la siguiente manera en su disertación doctoral: El rasgo que distingue más claramente a las ANPs mexicanas de las de otros países es el hecho de que no son propiedad pública. En virtud de que el reparto agrario llegó antes a casi todas las áreas que podían ser candidatas a ANPs, éstas muy rara vez pasan a ser bienes públicos. Esto que eufemísticamente se ha llamado el “modelo mexicano” de protección es en realidad una enorme debilidad del régimen de ANPs (2006: 119). Pero esta idea de la debilidad del “modelo mexicano” de ANP que inauguraron los decretos presidenciales de 1934-1940 sólo alcanza el sentido que le otorga Azuela al compararlo con lo sucedido en los Estados Unidos y otros países, que hoy llamamos “del primer mundo”. Si bien, en estas naciones, el gobierno federal no tuvo empacho en despojar de sus posesiones territoriales a las comunidades indias, para adjudicárselas a la nación, en México se intentó que los recursos naturales, considerados como bienes nacionales y por lo tanto públicos, sirvieran no sólo a la idea de la conservación de la naturaleza (lo que hoy llamaríamos de algún modo protección de la biodiversidad), sino más esencial y prioritariamente a asegurar que el campesinado de ese tiempo contara con la posibilidad de utilizar tales recursos sin demérito de la idea de que tal aprovechamiento estaba dado en el marco de un bienestar nacional (lo que hoy llamaríamos de algún modo desarrollo sustentable). ![]() ![]() Parque Nacional de Palenque Así, el establecimiento institucional de los parques nacionales y otras zonas protegidas durante el cardenismo fue un paso precursor de las actuales ANP, aunque se haya dado en un contexto en el que la situación legal de la tenencia de la tierra en tales lugares no estaba bien definida del todo –o no en todos los casos–, y ese establecimiento tampoco era, desde luego, equivalente a lo que aquí se entiende como “modelo Yellowstone”, es decir, la creación de reservas naturales estrictas (ANP de tipo Ia y Ib, según la clasificación de la UICN), en las que a través de alguna forma de expropiación –con indemnización o sin ella– el estado nacional se convierte en el dueño de la tierra. Esta otra visión, el llamado “modelo mexicano” sobre los parques nacionales –y sobre otras categorías de ANP– alcanza una mayor justificación histórica si consideramos dos asuntos:
Dejo hasta aquí estos breves apuntes sobre los comienzos de los parque nacionales para delinear en lo que sigue el sentido del término como una categoría específica de las actuales áreas naturales protegidas.
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c Un decreto de parque nacional
Como ejemplo de los decretos de creación de parques nacionales expedidos durante el gobierno del general Lázaro Cárdenas, se transcribe el que dio lugar a la creación del Parque Nacional Insurgente José María Morelos, ya que además de tener como objetivo evitar la deforestación de una región michoacana y salvaguardar el paisaje serrano y sus manantiales de agua pura, también buscaba brindar protección a una carretera (esto lo hace bastante atípico respecto a otros decretos); y precisamente para mostrar la diversidad de objetivos que pueden entrar en la constitución de un parque nacional, lo reproducimos aquí. Decreto que declara Parque Nacional “Insurgente José María Morelos”, Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. LÁZARO CÁRDENAS.- Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed: CONSIDERANDO.- Que una parte de los bosques pertenecientes a la comunidad del pueblo de Charo, del Municipio de Morelia, Estado de Michoacán, se encuentra sobre terreno sumamente accidentado que en parte es atravesado por la carretera México-Guadalajara y que de llevarse a cabo explotaciones de árboles más o menos intensas ocasionarían un grave perjuicio a la misma carretera con derrumbes constantes que demandarían un costo muy elevado para mantenerla siempre en buenas condiciones; CONSIDERANDO.- Por otra parte que los bosques antes expresados constituyen panoramas escénicos muy bellos y que nacen manantiales de carácter permanente como los de La Laja y el Ojo de Agua de los Tepetates cuyas aguas vienen a formar el río del Salto que es tributario del río de las Balsas, he tenido a bien con fundamento en los artículos 22 y 41 de la Ley Forestal de 5 de abril de 1926 y atendiendo a lo dispuesto en los artículos 39, 47 y 48 del Reglamento de dicha Ley, expedir el siguiente DECRETO ARTÍCULO PRIMERO.- Se declara Parque Nacional con el nombre de “Insurgente José María Morelos”, la región del Temazcal del Municipio de Morelia del Estado de Michoacán, y que comprende los límites siguientes: ARTÍCULO SEGUNDO.- El Departamento Forestal tendrá bajo su dominio la administración y gobierno de este Parque Nacional, con la intervención de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público respecto a los gastos y productos que el mencionado gobierno y administración ocasionen. ARTÍCULO TERCERO.- Se declara, además, Zona Protectora Forestal los terrenos comprendidos dentro de los límites siguientes: ARTÍCULO CUARTO.- Dentro de esta zona protectora forestal, podrá autorizarse a los propietarios de los terrenos en ella comprendidos al aprovechamiento de las maderas muertas y aquellos árboles que por alguna circunstancia se encuentren en peligro de morir y que determine el Servicio Forestal mediante marqueo oficial. ARTÍCULO QUINTO.- Los propietarios de los terrenos comprendidos dentro del Parque Nacional que fija el artículo 1º del presente Decreto, quedarán en posesión de dichos terrenos hasta en tanto cumplan con las disposiciones de Ley. ARTÍCULO SEXTO.- Con la cooperación del Gobierno del Estado y propietarios de los terrenos comprendidos dentro de la zona protectora, el Departamento Forestal y de Caza y Pesca procederá a la instalación de un vivero forestal con objeto de efectuar trabajos de reforestación en aquellas zonas que se estime conveniente. En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su publicación y observancia, promulgo el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la ciudad de México, Distrito Federal, a los diez y ocho días del mes de enero de mil novecientos treinta y nueve […]. ![]() ![]() Parque Nacional Insurgente José María Morelos
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c El hoy de los parques nacionales
Después de varias propuestas, iniciadas en los años setenta del siglo XX, la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) aprobó en 1994 una clasificación para el manejo y gestión de las ANP que consta de seis categorías principales, entre las cuales la segunda es la de parque nacional.[5] En este sistema de categorías, que realmente no es seguido con rigor por todas las representaciones nacionales adscritas a la UICN, se define: Categoría II. Parque Nacional: área protegida manejada principalmente para la conservación de ecosistemas y con fines de recreación. Definición: Espacio natural de tierra y/o mar designada para (a) proteger la integridad ecológica de uno o más ecosistemas para las generaciones presentes y futuras, (b) excluir la explotación u ocupación opuestas a los efectos de la designación del área, y (c) proporcionar un fundamento de carácter espiritual, científico, educativo, recreativo y de turismo de oportunidades, todo lo cual debe ser ambiental y culturalmente compatible (IUCN, 1994). Se estima que hay 4022 parques nacionales oficialmente decretados en varios países, que en conjunto suman 4 475 000 km2 de superficie, por lo cual esta categoría de ANP es la que cuenta con mayor territorio en el mundo. Norteamérica (Canadá, Estados Unidos y México) es la región donde se ubica el mayor número de ellos y la que cubre mayor superficie terrestre (1 658 850 km2), distinción que se debe a la inclusión del inmenso Parque Nacional de Groenlandia, que con sus 972 000 km2 de extensión es el más grande del mundo. A partir de los años ochenta del siglo XX, México recogió de alguna manera la definición de la UICN, aunque dándole una interpretación propia, la cual está plasmada en la Ley General del Equilibrio Ecológica y la Protección al Ambiente[6] de la siguiente forma: Artículo 50. Los parques nacionales se constituirán, tratándose de representaciones biogeográficas, a nivel nacional, de uno o más ecosistemas que se signifiquen por su belleza escénica, su valor científico, educativo, de recreo, su valor histórico, por la existencia de flora y fauna, por su aptitud para el desarrollo del turismo, o bien por otras razones análogas de interés general. En los parques nacionales sólo podrá permitirse la realización de actividades relacionadas con la protección de sus recursos naturales, el incremento de su flora y fauna y, en general, con la preservación de los ecosistemas y de sus elementos, así como con la investigación, recreación, turismo y educación ecológicos. En la acepción mexicana del concepto de parque nacional se incorporaron así valores científicos, históricos y la belleza escénica de los lugares caracterizados por esta figura legal, y se posibilita la subdivisión de aquellos en zonas de manejo diferencial, tal como se hace en otras categorías de ANP modernas. Artículo 47 bis 1. […] En los parques nacionales podrán establecerse subzonas de protección y de uso restringido en sus zonas núcleo; y subzonas de uso tradicional, uso público y de recuperación en las zonas de amortiguamiento. En el caso de los parques nacionales que se ubiquen en las zonas marinas mexicanas se establecerán, además de las subzonas previstas en el párrafo anterior, subzonas de aprovechamiento sustentable de los recursos naturales […]. ![]() ![]() Parque Nacional Cumbres de Monterrey, Parque Ecológico “La Huasteca” En la actualidad, en México hay 67 áreas naturales protegidas con la categoría de parque nacional, aunque algunos cuentan con designaciones internacionales que en ocasiones dan cierto matiz a lo que se entiende como parque nacional de acuerdo con la UICN y/o con la definición que la Ley General hace de esta categoría. Por ejemplo, en 2006, el Parque Nacional Cumbres de Monterrey fue reconocido como reserva de la biosfera por parte del Programa sobre el Hombre y la Biosfera de la UNESCO (mejor conocido como MaB, por sus siglas en inglés); y esta misma entidad internacional distinguió en 1987 el Parque Nacional de Palenque incluyéndolo en la lista de Patrimonio de la Humanidad en la categoría de sitio mixto, es decir, cultural y natural. En todo caso, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) afirma que la superficie total de ANP de México con manejo federal abarca 90 839 521.55 hectáreas, de las cuales, 16 220 099.3 (o sea, 17.66 por ciento) corresponden a parques nacionales. Por ello, esta categoría de las ANP mexicanas es la que tiene mayor número de unidades, pero no es la que cubre mayor superficie, pues ese primer lugar les corresponde a las 44 reservas de la biosfera decretadas, con 62 952 750.5 hectáreas (69.3 por ciento de la superficie protegida). En el siguiente cuadro se presentan los parques nacionales que maneja la Conanp, y se detalla su ubicación regional y estatal, tamaño, y fecha de creación. ![]() ![]() ![]() a La cifra colocada entre paréntesis corresponde a la superficie terrestre que entra en la composición del parque nacional cuando éste también tiene una superficie marina (sólo hay dos casos en los que el total de la superficie del ANP es de agua, lo cual también se especifica). b En este caso, el rubro estado se halla vacío porque así aparece en la lista de la Conanp. Algunas fuentes adscriben el archipiélago de Revillagigedo al estado de Colima; sin embargo, dada la gran extensión de este parque nacional, que por mucho excedería la dimensión territorial terrestre de ese estado, y atendiendo al carácter federal del ANP y a su lejanía de la masa continental, me parece más sensato no marcarla como ubicada dentro de un estado específico. El cuadro evidencia que el tamaño de los parques nacionales mexicanos varía mucho: abarca desde tres que tienen superficies de cientos de miles de hectáreas (Arrecife Alacranes, Bahía de Loreto, y Cumbres de Monterrey) hasta dos (El Sabinal y Lago de Camécuaro) que no alcanzan siquiera la decena de hectáreas. Desde luego, es necesario advertir que al decir esto queda fuera el único parque nacional mexicano que, con sus 14 millones de hectáreas, en su mayoría de superficie marina, resulta un anómalo gigante: el Parque Nacional de Revillagigedo.[7] ![]() ![]() Arrecife Alacranes ![]() ![]() Parque Nacional Cumbres de Monterrey, cascada Cola de Caballo De una manera un tanto extraña, pues la acepción más común de parque suele remitirnos a la idea de un lugar arbolado, tenemos 14 parques nacionales cuya superficie es acuática en gran parte: los de las zonas marinas del archipiélago de San Lorenzo, Baja California, y del archipiélago de Espíritu Santo, Baja California Sur, son ANP de agua en su totalidad; y en el de Costa Occidental de Isla Mujeres, Punta Cancún y Punta Nizuc, Quintana Roo, sólo poco más de la mitad de una hectárea es terrestre. Por eso, muchas veces a este tipo de ANP suele designársele como parques marinos, aunque su nombre oficial continúe llevando el encabezado de parque nacional. ![]() ![]() Parque Nacional Costa Occidental de Isla Mujeres Ocho entidades federativas no tienen parques nacionales en su territorio: Aguascalientes, Campeche, Durango, Guanajuato, Sinaloa, Sonora, Tabasco y Tamaulipas. Entre las que sí los tienen destacan Ciudad de México (con 8, y de éstos, uno es compartido con el Estado de México y otro con Morelos), Quintana Roo (6), Estado de México (con 6, aunque comparte uno con Ciudad de México, otro con Michoacán y otro más con Puebla y Morelos) y Michoacán (también con 6, uno de los cuales comparte con el Estado de México). La región con más parques nacionales es la de Centro y Eje Neovolcánico, con 26, y la única que no tiene ninguno en su territorio es la del Noroeste y Alto Golfo de California. En otros ámbitos, la variedad de los parques nacionales también es mucha. Ya mencioné Palenque, en Chiapas, que además de ser una joya arqueológica de la civilización maya es también hábitat de numerosas especies representativas de flora y fauna de la selva alta perennifolia (de las cuales casi la mitad se encuentran en alguna categoría de riesgo de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-059-Semarnat-2010). Pero está también Tulum, en Quintana Roo, que a pesar de no contar con designaciones internacionales es otro majestuoso sitio arqueológico, alrededor del cual crecen cuatro especies de mangle muy distintivas y otras más igualmente características de la selva perennifolia y de la vegetación hidrófila que florece en los bordes de los cenotes, esos singulares afloramientos de agua muy característicos de la península de Yucatán; a Tulum llegan tres especies de tortugas protegidas –laúd, caguama y blanca–, que utilizan algunas de sus playas como zona de desove. ![]() ![]() Parque Nacional Tulum Algunos parques nacionales cuentan con plan de manejo, sobre todo los de más reciente creación, pero bastantes otros no. El caso del Parque Nacional Insurgente Miguel Hidalgo y Costilla, más conocido como La Marquesa, en el Estado de México y Ciudad de México, es representativo de lo que ha sucedido con los parques más viejos. Fue hasta 2019 cuando, después de 83 años de su creación (en 1936), el gobierno federal logró cumplir con su responsabilidad de publicar el programa de manejo de esta área. Este instrumento indispensable para un manejo adecuado del ANP delimita subzonas que ayudan a ordenar las actividades humanas que de una manera ya tradicional se llevan a cabo en el parque; al establecer zonas de preservación, uso tradicional, uso público, asentamientos humanos y recuperación, es por fin posible determinar dónde están permitidos los aprovechamientos agrícolas, pecuarios y forestales, cuáles son las zonas para las actividades turísticas y recreativas, en qué sitios es legalmente posible interrumpir, rellenar, desecar o desviar los flujos hidráulicos, o dónde es más conveniente llevar a cabo la investigación científica. También resulta ya más claro que en ninguna parte del parque nacional se deben realizar actividades extractivas. De acuerdo con este ordenamiento del territorio, se han establecido unidades de manejo ambiental y estanques para la acuacultura que, entre otros factores, apoyan el intento de brindar mayor protección a los bosques de pino y oyamel que son el hábitat de especies de flora (ocote, pino colorado, pino común, encino, cedro blanco y otras) y fauna (zorra gris, coyote, cacomixtle y otras) bastante comunes en las partes altas de la serranía, donde hay escasa población humana. Asimismo, el programa de manejo prohíbe la cacería o el atrapamiento de especies enlistadas en alguna categoría de riesgo conforme a la norma oficial mexicana mencionada más arriba (como la musaraña orejillas mexicana [Cryptotis nelsoni], el tlapayauclero [Streptoprocne semicollaris], avetoro mínimo [Ixobrychus exilis] o el lagarto alicante [Barisia imbricata], entre otras). Sin duda, el paisaje de La Marquesa ha cambiado desde que en octubre de 1810, las fuerzas comandadas por don Miguel Hidalgo y Costilla –a quien se honra con el nombre oficial del parque– y don Ignacio Allende triunfaron sobre el ejército realista que les cerraba el paso hacia la capital de la Nueva España en la batalla del Monte de las Cruces (un valor histórico de esta ANP que no es muy conocido); pero a mí no me queda duda de que esos dos “padres de la patria” aplaudirían el hecho de que el lugar que fue escenario de su significativa, aunque no decisiva, victoria cuente por fin con un programa de manejo. ![]() ![]() Parque Nacional Insurgente Miguel Hidalgo y Costilla (La Marquesa) Resulta obvio que muchos de los parques nacionales estén enclavados en territorios que antaño fueron dominados por grupos indígenas, como Palenque y Tulum (a los que deberíamos agregar el Cerro de la Estrella, que aún conserva una pequeña zona arqueológica con los adoratorios en los que aztecas y otros nahuas del Valle de México celebraban la ceremonia del fuego nuevo). Pero lo es mucho menos que todavía haya algunos donde habitan los descendientes actuales de los pueblos originales. Por ejemplo, el Parque Nacional Los Mármoles, en Hidalgo, en donde los otomíes consideran al cerro Cangandhó (‘piedra que jala’ en la lengua hñähñú) como un sitio sagrado, ya que es una inmensa roca de hierro que atrae objetos metálicos como si fuera un imán; o los matlatzincas de San Francisco Oxtotilpan, y los nahuas de San Mateo Almomoloa, Potrero de San José, y San Miguel Oxtotilpan, comunidades indígenas del Estado de México, que aún ascienden a los lagos del cráter del Nevado de Toluca (hasta hace unos años un parque nacional, ahora recategorizado como área de protección de flora y fauna) para celebrar el mismo tipo de ceremonias que describieron los primeros cronistas novohispanos; o los rarámuri o tarahumaras, a quienes se expropiaron tierras de los ejidos Basaseachic (julio de 1985) y Memelichic (octubre de 2004) para complementar el territorio del Parque Nacional Cascada de Basaseachic (decretado en febrero de 1981 tras la expropiación de un predio de propiedad particular), pero que siguen vinculados al manejo y cuidado de este parque. Y esta lista sobre la composición indígena –pasada y actual– de las regiones en las que se han erigido muchos parques nacionales contendría muchos ejemplos más, pero me parece innecesario alargarla. ![]() ![]() Parque Nacional Lago de Camécuaro ![]() ![]() Parque Nacional Fuentes Brotantes de Tlalpan Ya antes mencioné que los decretos expedidos entre 1917 y 1970, aproximadamente, con la declaratoria de parques nacionales, perseguían el objetivo de que éstos funcionaran como pulmones para la purificación del aire, zonas de recarga de acuíferos y prestadores de otros servicios ambientales, antes de que el avance de las manchas urbanas los cercara y amenazara con engullirlos. Es el caso de los siguientes: Fuentes Brotantes de Tlalpan, Cumbres de Monterrey, Lago de Camécuaro (el más pequeño del país, con 5.43 hectáreas de superficie), Lomas de Padierna, Los Remedios y otros más que enfrentan las secuelas del establecimiento de fraccionamientos para vivienda y asentamientos irregulares. ![]() ![]() Parque Nacional El Histórico Coyoacán (Viveros de Coyoacán) En este mismo sentido, un caso muy especial es el del Parque Nacional El Histórico Coyoacán, más conocido como los Viveros de Coyoacán, que no se distingue por su fauna (compuesta más que nada por ardillas, ratas y ocasionales gatos como las especies de grandes vertebrados), aunque allí arriban buena cantidad de aves, lepidópteros, y hacen sus viviendas muchas especies de insectos. Lo que indudablemente abunda es la especie homo sapiens, pues cada día los Viveros reciben la visita de cientos de personas que van a caminar, correr o realizar algún otro tipo de ejercicio físico (se prohíbe la entrada de mascotas, bicicletas o vehículos automotores no autorizados). Este parque nacional se fue formando poco a poco a partir de su primera hectárea, que el ingeniero Miguel Ángel de Quevedo donó al gobierno del general Porfirio Díaz para establecer un vivero forestal. Ya hablaremos en otra ocasión sobre la labor de Quevedo en torno a la protección de la riqueza forestal mexicana, así que aquí tan sólo diremos que él fue un actor principal en la decisión del presidente Lázaro Cárdenas para decretar en septiembre de 1938 la creación del Parque Nacional El Histórico Coyoacán, que probablemente fue llamado así porque en principio se pretendió incluir en su área todo lo que era entonces el poblado de Coyoacán. Con el correr de los años, este parque quedó en 39.7 hectáreas, que hoy están rodeadas por avenidas, casas y edificios, algunos tan grandes como la cercana Torre Mitikah, que se proyecta elevar a 267 metros sobre el nivel del suelo y que será por ello el rascacielos más alto de Ciudad de México. Sin embargo, la importancia de los Viveros de Coyoacán es crucial, pues constituyeron el primer modelo moderno de reserva forestal destinada a la germinación y propagación de especies arbóreas que proveerían con variadas especies vegetales los jardines públicos y privados de la capital y otras poblaciones cercanas. La producción de árboles –tanto de origen extranjero como nativos– ha contribuido al ahorro de grandes sumas de dinero que el gobierno federal gastaría de otro modo al tener que importarlos o comprarlos a viveros particulares. Así, este pequeño parque nacional demuestra que el tamaño no siempre es lo más importante.
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c El destino de los parques nacionales
La diversidad que caracteriza a los 67 parques nacionales de México y los retos comunes o específicos que enfrentan convierten a esta categoría en una de las de más difícil manejo, gestión y viabilidad. Muchos de ellos requieren tratamientos especiales en conformidad con las peculiaridades históricas, geográficas y sociales que los distinguen, pues éstas se inscriben en múltiples dimensiones, por ejemplo: sus destinos recreativos y de goce estético, su compleja problemática jurídica, su avanzado grado de deterioro (en varios casos debido a la perniciosa influencia urbana que degrada su composición natural), etcétera. Con frecuencia se recurre a la iniciativa de descentralizar su manejo y administración hacia los estados y municipios donde se encuentran. Pero su propio carácter de bienes nacionales obliga a soluciones de compromiso en las que se deben coordinar criterios y mecanismos donde la autoridad federal mantiene la normatividad básica a la vez que se abren espacios para la participación ordenada de las instancias organizativas de jurisdicción local. En los casos en los que la instancia federal ha decidido mantener el control sobre su administración, la viabilidad de los parques nacionales requiere de considerables esfuerzos e inversiones para lograr su fortalecimiento y rehabilitación. Otra solución, no siempre bien aceptada por varios actores sociales ni bien explicada por las autoridades ambientales de la Federación, ha sido la recategorización de las ANP.[8] Como ya ha sucedido en algunos casos, una medida extrema ha sido la derogación de los decretos de aquellos parques que resultan inexistentes para todo efecto práctico relacionado con los objetivos señalados en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para esta categoría de manejo. ![]() ![]() México, quinto país con mayor deforestación en el mundo: 478 920 hectáreas por año Ciertamente, los problemas que aquejan a los parques nacionales son esencialmente similares a los que afectan a otras ANP del país: crecimiento incontrolado de la frontera agrícola y pecuaria; explotaciones forestales de gran escala y muchas veces ilegales (especialmente corte de árboles); pérdida de cobertura vegetal y suelo natural por minería a cielo abierto, urbanización e industrialización; defaunación irreversible por cacería furtiva o reducción y fragmentación de hábitats silvestres; introducción artificial de especies exóticas invasoras con fines comerciales; saqueo indiscriminado de flora y otros recursos naturales; efectos del calentamiento climático global y la saturación atmosférica con gases de invernadero; y otros más ya mencionados a lo largo de esta serie de artículos. Entre los parques nacionales con afectaciones de este tipo tenemos al Nevado de Toluca, la Malinche, Gogorrón, el Cofre de Perote, Cañón de Río Blanco, Bosencheve, Insurgente José María Morelos, Pico de Orizaba, Zoquiapan, Cerro de la Estrella, Lomas de Padierna, Los Mármoles, y un largo etcétera. ![]() ![]() Parque Nacional Pico de Orizaba ![]() ![]() Parque Nacional Cofre de Perote ![]() ![]() Parque Nacional Iztaccíhuatl-Popocatépetl Zoquiapan Pero además, es necesario tomar en cuenta algunas condiciones que, si bien no son privativas de los parques nacionales, sí les son generalmente comunes:
De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía mencionados en un reciente artículo periodístico, “México tiene una tasa de deforestación de 478.92 mil hectáreas por año, lo cual lo coloca como el quinto país con mayor deforestación en el mundo” (Patrón, 2020). Sin duda, un dato que constituye una cruel paradoja para una nación que se precia de ocupar también el quinto lugar mundial entre los países megadiversos del orbe. ♦
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c Referencias
AZUELA, A. (2006). Visionarios y pragmáticos. Una aproximación sociológica al derecho ambiental. México: Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM / Editorial Fontamara [en línea]: <antonioazuela.files.wordpress.com/2013/02/visionarios-y-pragmc3a1ticos.pdf>. Ir al sitio CASTAÑEDA, J. (2006.). Las áreas naturales protegidas de México. De su origen precoz a su consolidación tardía. En: Scripta Nova, Revista Electrónica de Geografía y Ciencias Sociales, vol. X, núm. 218 (13) [en línea]: <www.ub.edu/geocrit/sn/sn-218-13.htm>. Ir al sitio CONANP, Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (s. f.). Listado de las Áreas Naturales Protegidas de México (LISTANP). Consultado en <sig.conanp.gob.mx/website/pagsig/listanp/>. Ir al sitio ──(2017). Parque Nacional Revillagigedo, conservación al más alto nivel, 5 de octubre [en línea]: <www.gob.mx/conanp/articulos/parque-nac?idiom=es>.Ir al sitio IUCN, International Union for Conservation of Nature (1994). Guidelines for Applying Protected Area Management Categories. Gland [Suiza] - Cambridge [Reino Unido]: CNPPA - WCMC, IUCN. PATRÓN, M. (2020). Defender los bosques es defender la vida. En: La Jornada, 2 de julio [en línea]: <www.jornada.com.mx/2020/07/02/opinion/017a1pol>. Ir al sitio Notas * Antropólogo. Ha laborado en el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el Instituto Nacional Indigenista y el Instituto Nacional de Ecología. Para Correo del Maestro escribió las series “El fluir de la historia”, “Batallas históricas”, “Palabras, libros, historias”.
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c Créditos fotográficos
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